Sí. Al finalizar el día de operaciones de manufactura, se deben remover todas las pólvoras secas y las mezclas explosivas y los fuegos artificiales de exhibición parcialmente ensamblados y terminados de los edificios de procesamiento de fuegos artificiales y se deben almacenar en un polvorín que cumpla con los requisitos de almacenamiento de 7 CFR Sección 555, Subsección K.
[27 CFR 555.205, 555.221]