Si soy denegado, ¿cómo puedo ser eximido para poseer explosivos?

  • Proceso de apelaciones: Si al recibir una carta de denegación de la ATF usted cree que no es prohibido de poseer explosivos (debido a motivos como robo de identidad, desestimación de cargos criminales u otros motivos), usted puede apelar su denegación enviando una declaración por escrito, nuevas tarjetas de huellas dactilares y toda documentación adicional que pueda tener que demuestre que no tiene alguna prohibición. La ATF tomará en consideración todos los documentos de apelación presentados y enviará las tarjetas de huellas dactilares al FBI para su procesamiento. Se determinará sobre si se debe revertir la denegación y se le notificará el resultado. Usted permanecerá en estado denegado mientras su apelación siga pendiente.
  • Proceso de exención de incapacidades: Si se mantiene su denegación, usted puede solicitar su exención de incapacidades enviando a la ATF una Solicitud de Restauración de Privilegios de Explosivos en el Formulario 5400.29 (en inglés). Su solicitud se coordinará con el personal de las Oficinas Centrales de la ATF en la Sección de Exención de Incapacidades para Explosivos (EROD, por sus siglas en inglés) y luego se enviará a la oficina local de la ATF para una investigación minuciosa. Un agente especial de la ATF revisará la solicitud, realizará entrevistas y revisará todos los documentos relevantes de la corte y otra información.  Luego, el agente especial enviará una recomendación, ya sea de otorgar la exención o denegarla, al jefe de la División de Aplicación de Leyes y Entrenamiento de Explosivos, quien tomará la decisión final.  La ATF le notificará la decisión final por escrito.  Usted puede comunicarse con EROD por correo electrónico a EROD@atf.gov o por teléfono al (256) 261-7640 (en inglés).

Esta página fue revisada: Abril 12, 2022