Sí. Todos aquellos que almacenan materiales explosivos deben notificar al departamento de bomberos que tenga jurisdicción sobre el sito donde se fabriquen o almacenen los materiales explosivos. Se debe notificar de manera oral al final del día en que comienza el almacenamiento y por escrito dentro de las 48 horas desde la hora en que comenzó el almacenamiento. La notificación debe incluir el tipo de materiales explosivos, capacidad del polvorín y la ubicación de cada sitio de almacenamiento. [27 CFR 555.11: Definición de “autoridad que tiene jurisdicción sobre la seguridad relacionada con incendios”, 27 CFR 555.201(f)]