Un titular de licencia federal puede transferir un arma de fuego a un cesionario tan pronto como reciba un “aprobación” ("proceed" en inglés) del NICS (suponiendo que la transacción se ajuste a la ley estatal).
Sin embargo, si el titular de licencia no recibe una respuesta final de “aprobación“ o “denegación” ("denied" en inglés) del NICS, deberá esperar hasta que hayan transcurrido 3 días hábiles antes de transferir el arma de fuego.
[18 U.S.C. 922(t); 27 CFR 478.102(a)(2)]