Sí. Las personas que legalmente poseen armas de fuego pueden transportar o enviar las armas de fuego entre estados al cambiar el estado de residencia. Si utilizan una empresa de mudanza, deben notificar a la empresa que se transportan armas de fuego.
Ciertas armas de fuego definidas en la NFA deben tener aprobación previa por parte de la ATF antes de que dichas armas de fuego puedan moverse entre estados. También se debe verificar las leyes estatales y locales donde las personas se reubicarán para asegurarse de que el movimiento de armas de fuego al nuevo estado no viole ninguna ley estatal ni ordenanza local.
[18 U.S.C. 922(a)(4) y 922(e); 27 CFR 478.28 y 478.31]