Sí. La Ley de Control de Armas se modificó para que los empleados de entidades gubernamentales condenados por delitos menores de violencia doméstica (MCDV, por sus siglas en inglés) no estuvieran exentos de incapacidades respecto al recibo o la posesión de armas de fuego o municiones.
Por lo tanto, los oficiales de cuerpos de seguridad y otros funcionarios del gobierno que hayan sido condenados por un delito menor descalificador, no pueden poseer ni recibir legalmente armas de fuego o municiones para ningún propósito, incluyendo el desempeño de sus funciones oficiales. La incapacidad se aplica a las armas de fuego y municiones emitidas por entidades gubernamentales, compradas por empleados del gobierno para su uso en el desempeño de sus funciones oficiales, y a las armas de fuego y municiones personales que poseen dichos empleados.
[18 U.S.C. 922(g)(9) y 925(a)(1); 27 CFR 478.32(a)(9) y 478.141]